CLASE 7 Registro de Importaciòn
Mediante el Decreto 4149 de 2004 sobre racionalización o automatización de trámites, se creó la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE y en las Circulares Nos. 057 de 2005, 011 y 038 de 2007, se estableció el siguiente procedimiento para los usuarios que van a realizar sus trámites de importación y exportación directamente:
1. Obtener el certificado digital ante una entidad certificadora autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio.
2. Registrar la llave digital (Token) en línea.
3. Informar al correo electrónico: registro@mincomercio.gov.co, los siguientes datos:
a. Numero de RUT
b. Nombre de la empresa
c. Nombre del representante legal
d. Dirección correo electrónico para notificación del sistema
e. Numero telefónico
f. Número Fax
g. Dirección
h. Ciudad de domicilio.
Si el usuario hace sus trámites a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o Apoderado, para importaciones y exportaciones el proceso de inscripción es el siguiente:
Se deben radicar en la ciudad de Bogotá, ante el funcionario del Grupo VUCE en Primer piso de MINCOMERCIO en la Calle 28 No. 13 - A – 15, de lunes a viernes en el horario de 8:30 a.m. a las 12:00 M, o en las Direcciones Territoriales y Puntos de Atención del Ministerio, los siguientes documentos:
1. Poder o Mandato de la empresa otorgante, firmado y autenticado por el representante legal ante notario público, donde le otorgue mandato a la SIA o apoderado que le realice sus trámites ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE.
2. Documento de Condiciones de Uso diligenciado con el número del RUT del importador y firmado por su representante legal.
3. Datos del cliente:
a. Importador o exportador
b. Dirección
c. Teléfono
d. Número fax
e. Correo electrónico
f. Copia del RUT.
El registro de importación es un procedimiento administrativo mediante el cual se otorga autorización, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos (permisos o vistos buenos), a la importación de mercancías al territorio aduanero nacional; este procedimiento aplica para las mercancías y conceptos del régimen de libre importación. A su vez, la licencia de importación es un mecanismo mediante el cual se otorga autorización, de forma discrecional y con base en los criterios establecidos por el Gobierno Nacional, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos, a la importación de mercancías al territorio aduanero nacional, este mecanismo se refiere exclusivamente a las importaciones de bienes que corresponden al régimen de Previa. En ese orden las solicitudes de importación hacen referencia al registro de importación o licencia de importación que amparan la importación de una mercancía, bien se trate de importaciones que correspondan a los conceptos o mercancías definidas en el artículo 14 del decreto 925 de 2013.DECRETO-925-9MAYO2013-Registros-Impo-2.pdf (773921)REGISTRO DE IMPORTACION.pdf (1356059)